Abogados especialistas en Daño Moral en CDMX

No todo el daño que una persona sufre es económico. La ley mexicana reconoce que la afectación al honor, a la reputación, a la vida privada o a la propia imagen también debe repararse. Ese es el terreno del daño moral, y es uno de los asuntos en los que MGM Asociados tiene experiencia acumulada.

Qué es el daño moral

El daño moral es la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración física o en la consideración que los demás tienen de ella. Se presume cuando se vulnera ilegítimamente la libertad o la integridad de una persona.

Es independiente del daño patrimonial: se puede reclamar aunque no haya habido pérdida económica, y también junto con ella.

Casos en los que suele proceder

  • Imputaciones falsas. Acusaciones o señalamientos sin sustento que afectan el prestigio personal o profesional.
  • Publicaciones lesivas. Difusión de información falsa o de la vida privada en medios o en redes sociales.
  • Uso indebido de la imagen. Utilización de la fotografía o el nombre de una persona sin su consentimiento.
  • Denuncias infundadas. Procedimientos iniciados con temeridad que causan desprestigio.
  • Afectación derivada de un hecho ilícito. El sufrimiento causado por un accidente, una negligencia o un abuso.
  • Reportes crediticios erróneos. Registros indebidos que dañan el buen nombre de una persona.

Qué se necesita para ganar un caso de daño moral

Es un asunto exigente y conviene decirlo de frente: no basta con sentirse agraviado. Hay que acreditar tres cosas —la conducta ilícita, el daño y el nexo causal entre una y otro— y hacerlo con pruebas.

Por eso la preparación previa pesa más aquí que en casi cualquier otro juicio: certificar las publicaciones ante notario antes de que se borren, reunir testimonios, documentar el efecto concreto que el hecho tuvo en tu vida o en tu actividad profesional.

La reparación la fija el juez atendiendo a los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable y la de la víctima, y las circunstancias del caso. Cuando el daño se difundió públicamente, el juez puede ordenar además la publicación de un extracto de la sentencia.

Preguntas frecuentes

¿En cuánto tiempo prescribe la acción de daño moral?

Los plazos para reclamar responsabilidad civil son breves y se cuentan desde que se causó el daño o desde que la persona afectada tuvo conocimiento de él. Por eso, si estás considerando reclamar, lo primero es revisar la fecha del hecho: dejar pasar el tiempo puede cerrar la vía por completo.

¿Cuánto se puede obtener como indemnización?

No hay una tarifa. El monto lo determina el juez ponderando los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable y de la víctima, y las demás circunstancias del caso. Cualquier abogado que te prometa una cifra antes de conocer tu expediente te está diciendo lo que quieres oír.

¿Puedo demandar por algo que publicaron en redes sociales?

Sí, siempre que la publicación reúna los elementos del daño moral y se pueda acreditar. Lo urgente en estos casos es preservar la prueba: certificar el contenido ante notario o fedatario antes de que sea eliminado o editado. Una captura de pantalla, por sí sola, tiene un valor probatorio limitado.

¿Puedo reclamar daño moral y daño patrimonial a la vez?

Sí. Son conceptos independientes y pueden reclamarse en la misma demanda. El daño patrimonial cubre lo que perdiste y lo que dejaste de ganar; el moral, la afectación a tus derechos de personalidad.

¿Tengo caso? ¿Cómo lo sé?

Lo revisamos sin costo. Necesitamos saber qué se dijo o se hizo, cuándo, dónde quedó registrado y qué consecuencias concretas tuvo. Con eso te decimos con franqueza si el caso es sostenible, porque un juicio de daño moral mal planteado desgasta mucho y rara vez prospera.

Cuéntanos tu caso

La primera asesoría es sin costo. Te decimos con claridad si tienes un asunto de daño moral, qué se puede hacer y en qué tiempos. Sin compromiso.

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